miércoles, 2 de mayo de 2012

SEGUNDO MOTOR "REFORMA CONSTITUCIONAL"


LA REFORMA CONSTITUCIONAL  es el mecanismo adecuado y la constitución establece los límites de esa reforma, permite la sustitución de una o varias de sus normas, que no modifiquen los principios fundamentales.
La Constitución Bolivariana es la base para la construcción del socialismo, pero para avanzar hacia la República Socialista de Venezuela son precisas un conjunto de reformas en cuanto a amplitud y dimensión, que la libere de las cortapisas del viejo régimen que se infiltraron en su redacción y corrija aquellos elementos que no quedaron bien definidos.

 “Por ejemplo, el artículo 302, donde el Estado se reserva la actividad petrolera, pero no así la gasífera. Ahí lo que debe estar es la actividad de hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos. Aquí las concesiones petroleras, por 50 años, se llevaron y nos saquearon el petróleo.”  
El Articulo 303, que dice que el Estado por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A. o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando la filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.”


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